Tres peros a la Ley Lleras
Artículo destacado > Libreta de NotasPor carobotero
lunes 11 de abril de 2011 0:01 COT
En defensa de internet por Eneko vía David Fraiz (Flickr, licencia CC-BY-SA)
La Internet es un sitio donde suceden muchas cosas que no solo tienen que ver con violaciones de derecho de autor, donde actuamos movidos por diversos intereses que no se relacionan exclusivamente con el ánimo de perjudicar a los autores y titulares de derecho de autor y, definitivamente, es un medio (no un fin) que está en pleno desarrollo. Cualquier regulación que busque restringir el acceso (es el caso de la Ley Lleras) a Internet y a lo que allí circula compromete otros derechos fundamentales de los ciudadanos; por tanto debe ser mirada con lupa y restringirse lo más posible para evitar daños mayores. Digo todo esto, aunque afirme también que no cabe duda que a los autores y titulares que soportan su actividad económica en el derecho de autor les asiste un interés legítimo en conseguir medidas más efectivas para evitar la violación de sus derechos en el entorno digital, pero debemos hacerlo como mínimo conciliando y logrando equilibrios entre los diferentes intereses.
En El Espectador esbocé las preocupaciones que hemos ido detectando en relación con el proyecto de ley conocido como la Ley Lleras. Acá va una explicación de los principales 3 peros:
- En un estado de derecho sólo el juez tiene la competencia para restringir los derechos y libertades fundamentales; eso se llama reserva judicial. Por considerar este el más importante de los peros de la ley es el que mejor he expuesto, repito entonces: el proyecto de ley "invierte la presunción sobre la infracción. Hasta hoy es el interesado quien debe acudir al juez para solicitar protección cuando siente sus derechos vulnerados. Esto no es poca cosa, garantiza que sea un experto quien estudie las diferentes aristas. Esto cambiará para Internet, en Colombia bastará una reclamación de infracción a un proveedor de Internet (también llamado ISP por la sigla en inglés [Internet Service Provider]) para que éste proceda a retirar el contenido o desconectar el servicio al todavía presunto infractor (en la práctica tiene poco margen), el juez entra sólo después de la solicitud de restablecimiento. Sí, el texto contempla un reclamo justificado, pero desconoce que ese procedimiento puede colisionar con derechos de los usuarios, algunos de ellos fundamentales, como la libertad de expresión o la participación en política (Egipto o la Ola verde son ejemplo de que Internet convoca y facilita la participación ciudadana). ¿Por qué dejamos esa labor en un proveedor de servicio de Internet, cuando hasta ahora ha sido un asunto judicial?"
- Cualquier intromisión en los datos e información privada de las personas en Internet debe ser hecha por orden judicial y restringido su alcance. El propuesto art. 15 de manera correcta localiza la facultad de pedir información privada y confidencial de un usuario de Internet en el juez. Sin embargo no logra establecer a quién ni para qué, y falla por ahora con el cómo. Es trascendental establecer que solicitar información privada, y más aún confidencial, es una medida extrema, sólo para cuando no hay otra opción y es necesaria la información para establecer las bases de una posible infracción y su remedio. Esta información solo debe ser entregada por el proveedor de servicio de Internet al juez y exclusivamente para los efectos del procedimiento que adelanta. Algo tenemos que haber aprendido del escándalo del DAS. Y, dado que aun no tenemos ley de procesamiento de datos, que es la mencionada en el proyecto para garantizar el resto del cómo, habrá que establecer qué pasará mientras tanto.
- La obligación que se impone a los proveedores de servicio de Internet de establecer un esquema contractual para desconectar a los infractores reincidentes choca también con la idea de que el único facultado para esto es el juez. Esta disposición amplia aún más el poder de los ISP en la decisión sobre acceso a Internet y, a pesar de lo que se ha dicho en contra, abre la puerta para que una página sea cerrada completamente (la desconexión del servicio de alojamiento de contenido a un reincidente tiene, por ejemplo, ese efecto).
Y mi ñapa: una parte importante del régimen de derecho de autor, si bien comúnmente ignorada, son las excepciones y limitaciones al mismo y el dominio público. Me pregunto ¿cómo se garantiza el respeto a estos equilibrios del sistema en el esquema propuesta en el proyecto de ley? (académicos, bibliotecas o discapacitados sensoriales, incluso noticieros, tienen especial interés en estos temas)
Entonces, es claro que si uno analiza el tema del que se ocupa el proyecto de ley en contexto se puede ver cómo su alcance es mucho más amplio. El potencial que tiene de ser herramienta de control, el riesgo que representa para casos de censura, el temor de que sirva de herramienta para competencia desleal, están fundados. Esto en un ecosistema en que Internet va más allá de infraestructura para circular contenidos y es un medio de expresión ciudadana debe ser una decisión muy consciente. El detonante de las recientes movilizaciones sociales en Egipto fue la denegación de acceso a Internet que hicieran sus ISP. En los hechos del reciente escándalo de Wikileaks desempeña un papel importante, para el análisis del caso desde una óptica de libertad de expresión la forma en que los ISP le cancelaron el alojamiento y retiraron el nombre de dominio a ese medio. En un escenario más local pensemos en la posibilidad de que la Ola Verde hubiera podido ser aplastada con un reclamo por derecho de autor, habría sido fácilmente acallada y, si bien tampoco ganó, no habría sucedido lo que en todo caso hizo que esas elecciones no hubieran sido más de lo mismo.
Las opciones legales que abran la posibilidad de denegar acceso a Internet deben ser estudiadas siempre en forma consciente y restringida. Así se hace evidente que la línea entre proteger el derecho de autor y afectar derechos fundamentales de la gente es delgada y por tanto en esto el Estado está obligado a ser excesivamente garantista.
Tenemos otros puntos de análisis y peros a la ley, en su lenguaje, en el alcance, etc., pero por ahora estos son los que consideramos más importantes, porque la Red es para todos.
http://www.karisma.org.co/carobotero / @carobotero / Discusión sobre el proyecto de ley / Páginas en Facebook contra el proyecto de ley: 1, 2, 3
lunes 11 de abril de 2011, 13:02 COT
[…] Por Carolina Botero, para equinoXio […]
lunes 11 de abril de 2011, 15:06 COT
Parece ser que por tener un CD pirata, podríamos pagar más cárcel que los Nule.
lunes 11 de abril de 2011, 19:13 COT
si es así hasta bacano, seguramente van a pagar como dos meses y luego, empezarán a salir cuando quieran y convertirán a la picota en otro “resort”
el CD “pirata”, eso sí que es un problema. pero no por la violación del derecho autoral. la gente que lo vende no tiene seguro médico, no están contratados, les pagan una miseria, y quienes los financian seguramente está haciéndolo con apoyo de alguna joyita de la talla de los Nule
martes 12 de abril de 2011, 18:48 COT
Un nuevo movimiento se ha consolidado – No más queja, más acción. ReCrea: Comunicado de prensa 12/04/2011 http://bit.ly/dONYaw
mircoles 13 de abril de 2011, 18:15 COT
Apreciada Carolina:
Coincido contigo en dar a conocer a internet como un medio y no como un fin para ampliar el panorama de lo que debe ser una verdadera ley y nos identificamos en los 1,2, 3, y la ñapa, (que por cierto, me ha gustado la dinámica de este escrito en grado sumo) además que hago énfasis en que se debió de haber socializado con fuentes conocedoras de derechos de autor e implicados con el medio de redes para que se consolidara de mejor forma este proyecto. Tiene muchos peros y de esa forma es imposible su aceptación por parte de nosotros los internautas.
Un abrazo!
jueves 14 de abril de 2011, 00:59 COT
Información Bitacoras.com…
Valora en Bitacoras.com: Cualquier regulación que busque restringir el acceso (es el caso de la Ley Lleras) a Internet y a lo que allí circula compromete otros derechos fundamentales de los ciudadanos; por tanto debe ser mirada con lupa y restringi……
jueves 14 de abril de 2011, 22:57 COT
[…] In equinoXio [es], Carolina Botero [es] raises the concern that internet is a means and not an end. She also writes about the bill's procedures that are inconsistent with existing laws of the country: La obligación que se impone a los proveedores de servicio de Internet de establecer un esquema contractual para desconectar a los infractores reincidentes choca también con la idea de que el único facultado para esto es el juez […] The obligation imposed on Internet service providers to establish a contractual framework to disconnect repeat offenders clashes with the idea that the judge is the only authority for this […] […]
viernes 15 de abril de 2011, 17:18 COT
Claro ahora entonces si bajamos una cancion vamos a la carcel mientras los politicos corruptos roban millones y millones sin ninguna consecuencia, el colmo.
sbado 16 de abril de 2011, 20:29 COT
Deploro ese proyecto por ser una inconsistencia con todo lo que se mueve en internet.
Deploro ese proyecto por no haber sido socializado con las partes adecuadas.
Deploro ese proyecto por ser una jugada para quitar la libre expresion.
Deploro ese proyecto porque el gobierno quiere tapar el sol con las manos.
Por esto y por mucho mas, defenderemos ante el senado hasta con los dientes la libertad en internet.
martes 19 de abril de 2011, 21:36 COT
[…] encargados del mismo, y que tiene muchos peros como bien lo expresó Carolina Botero aquí en equinoXio. Pero miremos las actuales manifestaciones, ¿en qué consisten? En un […]
domingo 24 de abril de 2011, 18:14 COT
[…] Az equinoXio [es] szerzője, Carolina Botero [es] felhívta a figyelmet arra, hogy az internet csak az eszköz, és nem a végtermék. Arról is írt, hogy a tervezet eljárásmódjai nem felelnek meg az ország jelenlegi törvényeinek: La obligación que se impone a los proveedores de servicio de Internet de establecer un esquema contractual para desconectar a los infractores reincidentes choca también con la idea de que el único facultado para esto es el juez […] Az, hogy a szolgáltatókat arra kötelezik, olyan szerződési feltételeket hozzanak létre, amelyek révén a visszaesőket le lehet csatlakoztatni, ellenkezik azzal a koncepcióval, hogy erről csakis a bírósági jogkörben lehet dönteni […] […]
martes 17 de mayo de 2011, 23:57 COT
[…] la solidaridad de blogueros y usuarios de otros países como lo es el proyecto de la Ley Lleras. Es por ello que muchas de las actividades se han centrado en este tema que se sigue […]
viernes 17 de junio de 2011, 21:00 COT
Tres peros no más?…se te olvida el mayor de todos los peros de la mal llamada “ley Lleras”…que es precisamente Lleras…de donde acá este señor es legislador?, a que horas se le subió a la cabeza un supuesto poder adquirido por carambola cuando en las elecciones presidenciales no quedó ni en la cola…llevamos casi un año tragando y tragando un gobierno hecho a retazos, un desfile de egos engrandecidos.
sbado 2 de julio de 2011, 17:38 COT
Muy ilustrativo, Caro. Gracias. Lo comparto enteramente.
domingo 28 de agosto de 2011, 14:39 COT
[…] Tres peros a la ‘Ley Lleras’. http://equinoxio.org/destacado/tres-peros-a-la-ley-lleras-11006/ […]